CONTRATO DE COMODATO DE UNIDADES DE PROPIEDAD DE GLOBAL UBICAR GPS SAS
Entre los suscritos, a saber, GLOBAL UBICAR GPS SAS, sociedad constituida de acuerdo con las leyes de la
República de Colombia, quien en adelante se denominará GLOBAL UBICAR GPS SAS, de una parte, y de la
otra, la persona que suscribe el documento principal al cual está anexo el presente contrato (en adelante
“Solicitud de Servicios”), quien se denominará el COMODATARIO, hemos convenido celebrar el presente
CONTRATO DE COMODATO que se regulará por las disposiciones legales aplicables y en especial por las
cláusulas del presente instrumento que siguen a continuación:
Primera. Objeto
En virtud del presente contrato, GLOBAL UBICAR GPS SAS entrega en comodato al COMODATARIO,
concediéndole su uso y goce, de la(s) Unidad(es) GLOBAL UBICAR GPS SAS descrita(s) en la
Solicitud de Servicios inicialmente indicada, la(s) cual(es) será(n) utilizada(s) para la prestación
del servicio de telecomunicaciones mediante el sistema de acceso troncalizado con tecnología IDEN,
de conformidad con el contrato suscrito al respecto entre las partes.
Segunda. Duración del Contrato
Este contrato podrá ser finalizado por cualquiera de las dos partes.
Tercera. Estado de las Unidades
GLOBAL UBICAR GPS SAS hace entrega de la(s) Unidad(es) en perfectas condiciones de operación y
funcionamiento, lo cual acepta y reconoce expresamente el COMODATARIO mediante la suscripción
del presente contrato.
Cuarta. Mantenimiento de la(s) Unidad(es) GLOBAL UBICAR GPS SAS
El costo del mantenimiento técnico de “La(s) Unidad(es)”, al igual que la reparación de cualquier índole
que sea necesaria para su normal funcionamiento, será a cargo de GLOBAL UBICAR GPS SAS, siempre y
cuando tales reparaciones no se deriven de hechos diferentes al uso ordinario, adecuado y diligente
de la(s) Unidad(es). Se entiende como manipulación de la unidad el daño causado por el mal estado
de la instalación eléctrica del vehículo, tales como cortos circuitos. En el evento en que las reparaciones
se deban a mal uso de la(s) Unidad(es) o a la negligencia que en su manejo haya empleado el
COMODATARIO, a criterio de GLOBAL UBICAR GPS SAS, o por fuerza mayor o caso fortuito, estas
serán a cargo del COMODATARIO. Sin perjuicio de lo anterior, el COMODATARIO está en todos los
casos en la obligación de seguir las instrucciones de GLOBAL UBICAR GPS SAS para el mantenimiento o
reparación de “La(s) Unidad(es)” en los aspectos de lugar, centro de atención, plazos, etc., no pudiendo
hacerlo en forma diferente.
Quinta. Pérdida o daño de las unidades
En caso de daño en las unidades GPS que no sea por manipulación directa de la unidad,
GLOBAL UBICAR GPS SAS asumirá el costo de la unidad y el suscriptor deberá asumir el costo de servicio
técnico (60.000 pesos). En caso de pérdida o daño de la unidad, esta debe ser pagada por el suscriptor
a GLOBAL UBICAR GPS SAS por un costo de doscientos setenta mil pesos (270.000) por unidad, excepto que
sea por hurto del vehículo manifestado con su respectiva denuncia, como lo establece la ley en la
República de Colombia.
Sexta. Obligaciones del COMODATARIO
Serán obligaciones especiales del COMODATARIO las siguientes:
- Abstenerse de ceder el presente contrato o subarrendar total o parcialmente “La(s) Unidad(es)”.
- No modificar la naturaleza o especificaciones técnicas de “La(s) Unidad(es)”.
-
Informar de manera inmediata a GLOBAL UBICAR GPS SAS acerca de cualquier circunstancia que
amenace vulnerar sus derechos sobre “La Unidad”, al igual que cualquier perturbación sobre el
desarrollo normal del contrato.
- Informar inmediatamente a GLOBAL UBICAR GPS SAS en caso de falla de alguna de “La Unidad”.
-
Hacer uso de “La Unidad” en la forma indicada en el presente contrato y en las instrucciones dadas
por GLOBAL UBICAR GPS SAS.
-
Informar inmediatamente por escrito a GLOBAL UBICAR GPS SAS en caso de daño en la unidad
de rastreo.
-
Cancelar oportunamente el valor del servicio de acuerdo al Plan estipulado en la cláusula 5.2.
Séptima. Obligaciones de GLOBAL UBICAR GPS SAS
Serán obligaciones especiales de GLOBAL UBICAR GPS SAS las siguientes:
-
Entregar “La Unidad” en perfectas condiciones de operación y funcionamiento.
-
Instruir al COMODATARIO en los aspectos de lugar, plazo y demás condiciones para el
mantenimiento y reparación de “La Unidad”, de acuerdo con la cláusula cuarta anterior.
-
Cumplir con las obligaciones propias de esta clase de contratos.
Octava. Causales de terminación
Serán causales de terminación unilateral del presente contrato por parte de GLOBAL UBICAR GPS SAS,
además de las contempladas legalmente, las siguientes:
-
El incumplimiento por parte del COMODATARIO de una o varias de las obligaciones derivadas
de este contrato.
-
La modificación, reparación o cualquier cambio no autorizado por GLOBAL UBICAR GPS SAS,
que el COMODATARIO realice a “La Unidad”.
-
El uso para propósitos ilegales o no autorizados por las autoridades y regulaciones legales de
“La Unidad” objeto del presente contrato.
-
Unilateralmente, previo aviso escrito enviado al COMODATARIO con no menos de cinco (5) días de
antelación.
Parágrafo: Presentada la causal de terminación del contrato, GLOBAL UBICAR GPS SAS
podrá interrumpir la ejecución del contrato, declarar su terminación y exigir la restitución de “La Unidad”
dada en comodato, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial de ninguna especie.
Novena. Restitución de las Unidades
Terminado el contrato, por cualquier causa, el COMODATARIO se obliga a poner a disposición
de GLOBAL UBICAR GPS SAS dentro de los tres (8) días hábiles siguientes, “La Unidad” relacionada
en la “Solicitud de Servicios”, en perfecto estado de funcionamiento y conservación, salvo el
deterioro normal por el uso ordinario y adecuado de “La Unidad”. Si “La Unidad” no es devuelta a
GLOBAL UBICAR GPS SAS en el término aquí establecido, el COMODATARIO manifiesta inequívocamente
y acepta su voluntad de comprar “La Unidad” y, por lo tanto, que GLOBAL UBICAR GPS SAS le facture
la misma, al precio de lista que para esa fecha se encuentre vigente.
Décima. Derecho de Retención
El COMODATARIO renuncia de manera expresa e irrevocable a ejercer el derecho de retención sobre
“La Unidad”.
Décima Primera. Unidades GLOBAL UBICAR GPS SAS
El COMODATARIO será responsable de todo daño o menoscabo distinto del deterioro natural que
sufra “La Unidad”. En consecuencia, el COMODATARIO asume de manera plena e indelegable la
responsabilidad por los equipos suministrados incluyendo, pero sin limitarse, al uso que de los mismos
hagan, entre otros, sus dependientes, empleados o contratistas.
Décima Segunda. Cláusula Penal
Para la(s) Unidad(es) que el suscriptor tenga en comodato se aplicará la siguiente cláusula penal que
prevalecerá sobre la cláusula de penalización del plan de servicio. El COMODATARIO reconoce mérito
ejecutivo al presente contrato, por lo que dicha suma podrá cobrarse mediante proceso ejecutivo. Lo
anterior sin perjuicio de que GLOBAL UBICAR GPS SAS pueda exigir al COMODATARIO el pago de todas
las obligaciones derivadas del presente contrato. El valor de la cláusula penal que se haga efectivo se
considerará como pago parcial pero no definitivo de los perjuicios ocasionados a GLOBAL UBICAR GPS SAS.
Décima Tercera. Ejecución
Para la ejecución del presente contrato se requiere la suscripción del mismo.
Décima Cuarta. Domicilio contractual
(El domicilio contractual podrá definirse o completarse en esta sección, según acuerdo de las partes.)